Con 80 votos a favor, 28 en contra y 6 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que permite el nombramiento automático de docentes de colegios públicos. De esta forma, los profesores que cumplan determinados requisitos ya no deberán postular al usual concurso de nombramiento. En esta nota de La República te detallamos cuáles son los criterios que deben presentar los profesionales para que se acojan a esta ley.
Nombramiento automático de docentes contratados: ¿cuáles son los requisitos?
El titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, José Luna Gálvez, explicó que los docentes que busquen acogerse a esta ley deben cumplir los siguientes requisitos:
Los docentes que cumplan tres o más años de contrato vigente acumulado hasta la fecha actual o tres o más años de contratación acumulada.
Los docentes que hayan obtenido la plaza de contrato mediante un concurso público, siempre que la plaza para la cual aspiran a ser designados esté vacante y oficialmente presupuestada.
¿Cuál es el fundamento de esta ley?
Sigrid Bazán, titular de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, explico que "los docentes contratados, al no tener estabilidad laboral, se mantienen en un estado de incertidumbre respecto de su permanencia en el puesto de trabajo", por lo que consideró propicia la aprobación de esta ley.
Respecto al financiamiento, la norma “se financia con cargo a los presupuestos institucionales del Ministerio de Educación y de los gobiernos regionales sin demandar recursos adicionales al tesoro público”, detalló José Luna.

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