Remuneración Mensual
El profesor contratado percibe una remuneración mensual de acuerdo a la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta servicios
Los profesores contratados que laboren menos de la jornada de trabajo establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibe una remuneración mensual de acuerdo a las horas de su contrato.
Bonificaciones por condiciones especiales del servicio
Adicionalmente a su remuneración mensual, el profesor contratado puede percibir hasta cinco bonificaciones mensuales por tipo y ubicación de la institución educativa en la que trabaja.
Para el otorgamiento de estas bonificaciones el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los padrones de instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estas asignaciones.
El profesor contratado percibe una remuneración mensual de acuerdo a la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta servicios
Los profesores contratados que laboren menos de la jornada de trabajo establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibe una remuneración mensual de acuerdo a las horas de su contrato.
Bonificaciones por condiciones especiales del servicio
Adicionalmente a su remuneración mensual, el profesor contratado puede percibir hasta cinco bonificaciones mensuales por tipo y ubicación de la institución educativa en la que trabaja.
Para el otorgamiento de estas bonificaciones el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los padrones de instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estas asignaciones.
Descarga los padrones de institución educativa aquí
Beneficios
Decreto Supremo.Beneficios
- Subsidio por luto y sepelioEn el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos el docente percibe el S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del docente, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también perciben el subsidio. Este beneficio se otorga durante el periodo del contrato del docente
- Compensación por tiempo de servicios (CTS)El docente contratado percibe al terminar su contrato una compensación por tiempo de servicio equivalente al 14% de su remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios continuos.
- Vacaciones truncasAl finalizar su contrato, el profesor contratado tiene derecho a percibir vacaciones truncas. El monto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato.
imagen
No hay comentarios:
Publicar un comentario