El Sindicato de Docentes de Educación Superior del Perú (Sidesp) celebró la promulgación de la ley que permite el nombramiento de docentes contratados en institutos y escuelas tecnológicas. Conoce en esta nota más acerca de la norma.
El Congreso de la República ha promulgado la ley N° 32086 que establece el nombramiento extraordinario de los docentes contratados en los institutos y escuelas de educación tecnologías, artísticas, de folkore, de música y pedagógico público. Dicha norma determina que el Ministerio de Educación (Minedu) deberá realizar las gestiones que sean necesarias, durante el lapso de 45 días, para garantizar su implementación. Además, precisa que dicha cartera se encargará de financiar la ley.
Tras la publicación de esta norma, el secretario general del Sindicato de Docentes de Educación Superior del Perú (Sidesp), Eustaquio Larico Vera, se pronunció. El representante de dicha organización señaló que, desde hace años, esperan el nombramiento de los docentes contratados en institutos y diferentes centros educativos tecnológicos. En esa línea, indicó que el Minedu definirá si los maestros deberán ser evaluados y consideró que esta medida no afectará la educación pública del país.
"Esta ley ya se promulgó. Durante más de 24 años no hemos tenido nombramientos en educación superior, tanto en formación tecnológica como en otros aspectos (...) Agradecemos y reconocemos al Congreso por respaldar el nombramiento y solicitamos que la norma se implemente dentro de los próximos 45 días", declaró.
"Este nombramiento es positivo porque están cerrando las universidades por no tener licenciamientos. Nosotros sabemos que en algunos institutos no tenemos docentes nombrados. Hemos encontrado que en las diferentes regiones solo trabajan docentes contratados. Ahora, con esto estaríamos garantizando una de las condiciones básicas de calidad para que, de esta forma, se puedan licenciar nuestros institutos de formación tecnológica, pedagógica y otros", añadió.
Además, señaló que más de 8,000 docentes de formación tecnológica, pedagógica y de formación artística serán los beneficiados con esta norma. Incluso, informó que los maestros al ser nombrados en primera categoría ganarían un sueldo de S/2480.00. Cabe señalar que, durante la gestión de Pedro Castillo, se garantizó que aquellos docentes designados en la primera categoría percibirían S/2.774.
Requisitos para que docentes sean nombrados
La ley precisa que los docentes deberán de cumplir con una serie de requisitos específicos para ser nombrados. Entre las disposiciones se encuentra la obligación de efectuar las condiciones establecidas en el artículo 69 de la Ley 30512, conocida como la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes, con el fin de acceder a la primera categoría de la carrera pública docente en los institutos de educación superior.
Además, los profesores que deseen acceder a la educación superior no universitaria deben haber sido contratados por al menos 50 meses consecutivos o interrumpidos al momento de la entrada en vigencia de la ley. Asimismo, los docentes deben haber obtenido su plaza a través de un concurso público de méritos en institutos y escuelas de educación superior, ya sea que el contrato esté actualmente vigente o haya sido renovado. También, los profesionales deben haber postulado a una plaza orgánica vacante.
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