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Docentes contratados podran cobrar por luto, sepelio y CTS

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El 17 de diciembre se publicó el Decreto Supremo N° 378-2019-EF que autoriza la transferencia S/ 74 367 611,00 (setenta y cuatro millones trescientos sesenta y siete mil seiscientos once y 00/100 soles). Esta partida permitirá que el Ministerio de Educación realice los respectivos desembolsos a los gobiernos regionales para financiar el costo diferencial de la nueva remuneración íntegra mensual de los profesores que ascendieron en el marco del Concurso Público para el ascenso de escala magisterial. S

También este presupuesto se destinará al pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios (CTS) de los profesores y auxiliares de educación nombrados. El pago del subsidio por luto y sepelio y la CTS comprende además a los profesores y auxiliares de educación contratados. 

La transferencia además sustenta el pago para la contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular. Así como el financiamiento del programa presupuestal 0106 denominado Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva.



La transferencia además sustenta el pago para la contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular. Así como el financiamiento del programa presupuestal 0106 denominado Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva.




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