Todos los trabajadores del sector educación deberán acatar el aislamiento social obligatorio, vigente desde el 16 de marzo. Esta disposición alcanza a todo el personal (directores, docentes y administrativos) de las instituciones de educación básica y superior, en todas sus modalidades.
El Ministerio de Educación difundirá en los próximos días las orientaciones relativas al trabajo remoto que los docentes de II.EE. públicas deberán realizar durante el periodo de aislamiento.
Los directores de II.EE., en coordinación con sus comités de mantenimiento deberán realizar las gestiones para la adquisición de los kits de higiene, puesto que se trata de una acción esencial para prevenir la propagación del COVID-19 en las comunidades educativas.
El Minedu garantiza que los recursos para esta compra estén disponibles en las cuentas de los directores en los próximos días. Asimismo, para realizar la adquisición, los directores deberán priorizar el uso de medios electrónicos siempre que sea posible.
Los directores, en coordinación con su comité de mantenimiento, deberán garantizar que los kits de higiene estén disponibles en las II.EE., 48 horas antes del inicio del año escolar.
Los directores, en coordinación con su comité de mantenimiento, deberán garantizar que los kits de higiene estén disponibles en las II.EE., 48 horas antes del inicio del año escolar.
El Ministerio de Educación invoca a toda la ciudadanía a respetar las medidas preventivas dispuestas por el gobierno para superar esta situación de emergencia.
Descarga aquí las medidas emitidas por el Gobierno para prevenir la propagación del coronavirus en el sector Educación:
Resolución Viceministerial N° 079-2020-MINEDU
Resolución Ministerial N° 149-2020-MIMEDU
Decreto de Urgencia N° 026-2020
0 comentarios:
Publicar un comentario